A- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Harol Castro Beltral·Respondent Universidad Externado De Colombia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia a prevención
- No se puede alterar el conocimiento de la acción de tutela pues se afectaría la protección inmediata de los derechos fundamentales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cincuenta Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá y el Juzgado Promiscuo de Familia de Ríosucio (Chocó).
En la controversia se plantea un conflicto fundado en las diferentes interpretaciones de los jueces respecto del factor territorial consagrado en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
La Corte recuerda que existen dos criterios que definen el lugar en el que debe ser interpuesta la acción de tutela, esto es, el sitio en el que se produce la actual o inminente violación del derecho o, el lugar donde la vulneración extiende sus efectos.
En el caso concreto considera la Sala que el Juzgado del municipio de Ríosucio sí era competente para conocer la solicitud de amparo, teniendo en cuenta que los efectos de la vulneración alegada se estarían produciendo en dicho lugar, por tratarse del lugar de residencia del accionante.
En consecuencia, se ordena remitir el expediente a dicho Despacho Judicial, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se previene igualmente a esta autoridad, para que en lo sucesivo se abstenga de declinar su competencia en asuntos como el discutido en esta oportunidad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el veintiséis (26) de abril de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Promiscuo de Familia de Riosucio - Chocó, mediante el cual declaró la nulidad de todo lo actuado dentro de la acción de tutela interpuesta por el ciudadano Harol Casto Beltrán contra la Universidad Externado de Colombia y se abstuvo de conocer en segunda instancia el proceso referido.
- Segundo. REMITIR al Juzgado Promiscuo de Familia de Riosucio - Chocó, el expediente ICC-2416 que contiene la acción de tutela presentada por el accionante, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. PREVENIR al Juzgado Promiscuo de Familia de Riosucio - Chocó, para que en lo sucesivo se abstenga de declinar su competencia en asuntos como el discutido en el presente proveído.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes, al Juzgado
- Primero. Municipal de Riosucio - Chocó y al Juzgado Cincuenta Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá D.C., la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.